Normatividad

Vigencia y plazos

Hay dos relojes distintos y se confunden a menudo: cada cuánto vuelve a verificarse un sistema de medición, y cuánto dura la aprobación de la unidad que lo verifica.

El reloj del aprovechamiento

El sistema de medición se verifica por primera vez dentro de los 30 días naturales siguientes a su instalación o a su reparación. A partir de ahí, la periódica se repite cada 12 meses cuando el sistema tiene partes móviles y cada 7 años cuando no las tiene. La extraordinaria no tiene calendario: la dispara un hecho.

Un dictamen vencido deja al aprovechamiento sin respaldo ante la autoridad, aunque el medidor siga funcionando perfectamente.

El reloj de la unidad

La aprobación que la CONAGUA otorga a una Unidad de Verificación dura 4 años y puede ser suspendida o revocada. No se renueva sola. 1

Además está atada a la acreditación: si la entidad mexicana de acreditación suspende o revoca la acreditación de la unidad, la aprobación de la CONAGUA se suspende o se revoca con ella. 2

Los plazos que corren durante el trámite

  • 10 días hábiles para registrar el resultado de la verificación en el sistema electrónico de la CONAGUA, contados desde el procedimiento.
  • 10 días hábiles para informar a la CONAGUA cualquier alta, baja o cambio del personal verificador certificado.
  • 15 días hábiles para interponer el recurso de revisión contra una resolución de la autoridad, a partir de su notificación.

Los tres son plazos de la unidad ante la autoridad. 2 3

Cómo saber cuál es su fecha

La fecha que importa a cada aprovechamiento es la del último dictamen emitido sobre su sistema de medición, más el plazo que corresponda a su tipo de equipo. Si no consta cuál fue, el punto de partida es una inspección inicial.

Referencias

  1. 1.

    Reglas generales que establecen los requisitos que deben cumplir las Unidades de Verificación para obtener y mantener la aprobación de la CONAGUA. Fijan la vigencia de cuatro años y las obligaciones que la sostienen.

    Diario Oficial de la Federación, 12 de agosto de 2020

  2. 2.

    Resolución por la que la CONAGUA aprueba a NEOMETRIC MEXICANA como Unidad de Verificación de la NMX-AA-179-SCFI-2018, le asigna el número 017 y enumera las obligaciones y los plazos de esa aprobación.

    CONAGUA, oficio B00.9/08/2024.-0763, 7 de agosto de 2024

  3. 3.

    Recurso de revisión contra las resoluciones definitivas de la administración pública federal, dentro de los quince días hábiles siguientes a la notificación.

    Ley Federal de Procedimiento Administrativo, arts. 83 y 85